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Promoción y defensa de la figura del pescador de recreo y de los aficionados a la pesca.

Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (BOE 105 de 1/5/2008) Orden ARM/1244/2008, de 29 de abril, por la que se regula la pesquería de atún rojo en Atlántico Oriental y Mediterráneo.

Abril 25, 2009 por webmaster

Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (BOE 105 de 1/5/2008).
Orden ARM/1244/2008, de 29 de abril, por la que se regula la pesquería de atún rojo en Atlántico Oriental y Mediterráneo.

Rango: Orden

Páginas: 22366 - 22368

Referencia: 2008/07807

El Reglamento (CE) 1559/2007 del Consejo, de 17 de diciembre de 2007, por el que se establece un Plan de recuperación plurianual para el atún rojo del Atlántico Oriental y el Mediterráneo y se modifica el Reglamento (CE) n.º 520/2007, establece los principios generales de aplicación por la Unión Europea de un Plan de recuperación plurianual para el atún rojo (Thunnus thynnus) recomendado por la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA). Dicho plan se aplicará al atún rojo del Atlántico oriental y el Mediterráneo. Al objeto de garantizar su cumplimiento establece en el capítulo II, artículo 4, que cada Estado miembro elaborará un plan de pesca anual para los buques y almadrabas que pesquen atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo.

La Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, regula en el capítulo IV título I, la gestión de las actividades pesqueras, estableciendo los requisitos generales para el ejercicio de la actividad pesquera y permitiendo la creación de censos específicos para la gestión y distribución de las posibilidades de pesca.

El articulo 27 de la Ley 3/2001 de Pesca Marítima del Estado, establece como medida de gestión de la actividad pesquera, que el hoy titular del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, podrá disponer la distribución de las posibilidades de pesca entre buques o grupos de buques habituales en una pesquería, al objeto de mejorar la gestión y el control de la actividad pesquera.

La pesca recreativa se asegura la pesca del atún hasta el 2011

Marzo 5, 2009 por webmaster

La Pesca recreativa responsable ha llegado a un acuerdo con “el Ministerio de medio ambiente y medio rural y marino” que asigna la cuota de 12.000 kilos anuales de atún, para el 2009, 2010 y 2011, que son los correesponents al plan de recuperación del Atún establecidos por el ICCAT para la recuperación de l’especie.

Si el plan de recuperación funciona, se volverá a la anterior tope de capturas que asignaba el “anexo 3” para los recreativos.

Este acuerdo se toma sin renuncia a los derechos históricos de capturas que tiene la Pesca recreativa, por lo tanto, el acuerdo está en virtud de la situación de precariedad que está pasando la especie.

Para poder pescar atunes hará falta estar en posesión del “*anexo 3”, pero es posible que se limite d’alguna manera el número de ejemplares que se podrán capturar en un día o en una temporada.

PROHIBICIÓN DE PESCA DE ATÚN A LA PESCA RECREATIVA. El Ministerio de Medio Ambiente Medio Rural y Marino a través de la Secretaria del Mar niega a la Pesca Recreativa el derecho a la pesca del Atún.

Febrero 20, 2009 por webmaster

PROHIBICIÓN DE PESCA DE ATÚN A LA PESCA RECREATIVA.
El Ministerio de Medio Ambiente Medio Rural y Marino a través de la Secretaria del Mar niega a la Pesca Recreativa el derecho a la pesca del Atún.

El día 11 de Febrero la Pesca Recreativa Responsable es convocada por la Secretaría General del Mar, al igual que el año pasado, para discutir temas relativos a la campaña del ATÚN ROJO, y el reparto de la cuota a adjudicar a la pesca Recreativa y demás buques de distintas listas en el presente año 2009.

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